000 02231cam a2200325 a 4500
999 _c1565
_d1565
003 CoMeUDC
005 20220607171054.0
008 210521s2000 ck go 000 0 spa d
020 _a9586164713
040 _aCO-BoUEC
_cCO-UdeC
082 _a303.625
_bP381
100 1 _aPeláez Gutiérrez, Juan Carlos
245 1 0 _aReflexiones sobre los fundamentos de la jurisprudencia administrativa francesa y colombiana en materia de actos de terrorismo /
_cJuan Carlos Peláez Gutiérrez.
260 _aBogotá :
_bUniversidad Externado de Colombia. Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita,
_c2000.
300 _a151 p. :
_c23 cm.
490 0 _aTemas de derecho público ;
_v61
504 _aIncluye referencias bibliográficas.
505 2 _aLa jurisprudencia administrativa de ambos países permite declarar, bajo condiciones muy estrictas, patrimonialmente responsable al estado por actos de terrorismo utilizando el fundamento de la falla de servicio: La falla de servicio: fundamento principal de responsabilidad en Colombia y fundamento único en Francia -- La noción de falla de servicio: una definición inexistente en los regímenes jurídicos -- El juez administrativo es muy exigente en la apreciación en concreto de la falla de servicio -- Sólo la jurisprudencia administrativa colombiana permite, excepcionalmente, declarar patrimonialmente al estado por actos de terrorismo utilizando fundamentos de responsabilidad objetiva: La responsabilidad patrimonial del Estado por actos de terrorismo, ligada a la idea de la igualdad frente a las cargas públicas -- El juez administrativo francés se abstiene de considerar la víctima como alguien que soporta especialmente una carga pública que debería ser compensada.
546 _aEspañol
650 1 4 _aDerecho administrativo
_zColombia
650 1 4 _aDerecho administrativo
_zFrancia
650 1 4 _aTerrorismo
_xLegislación
_zColombia
650 1 4 _aTerrorismo
_xLegislación
_zFrancia
650 1 4 _aJurisprudencia administrativa
_zColombia
650 1 4 _aJurisprudencia administrativa
_zFrancia
650 1 4 _aResponsabilidad
_zColombia
650 1 4 _aResponsabilidad
_zFrancia
650 1 0 _aDerecho comparado
_92106
942 _2ddc
_cBK